IMPUESTO ENVASES PLASTICO NO REUTILIZABLES

La Ley 7/2022 tiene como finalidad reducir la generación de residuos y mejorar la gestión de aquellos cuya generación no se pueda evitar, desarrollando para ello dos nuevos impuestos que gravan los tratamientos situados en posiciones inferiores de la jerarquía de residuos.

La Ley 7/2022, de 8 de abril, que ha sido aprobada recientemente, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, regula, entre otras cosas, el impuesto sobre envases de plástico no reutilizables propuesto desde la Unión Europea (UE) en el marco del «Green Deal». Este impuesto permite a los países implementar penalizaciones económicas para aumentar la cantidad de plásticos que se reciclan al final de su vida útil.

El Gobierno ha introducido un nuevo impuesto sobre los envases de plástico no reutilizables que entrará en vigor el próximo 1 de enero de 2023. Así el plástico no reciclado fabricado o importado en España, tanto si está vacío como si contiene productos, estará sujeto a un nuevo impuesto de 0,45 euros/kg.

De esta forma, el nuevo impuesto sobre el plástico afectará a los envases no reutilizables que contengan plástico en la medida en que estén diseñados para contener, proteger, manipular, distribuir y presentar mercancías. Además, se incluyen los productos de plástico semielaborados destinados a la obtención de los referidos envases y los productos que contengan plástico destinados a permitir su cierre, comercialización o presentación.

Sin embargo, estarán exentos del impuesto al plástico los envases de medicamentos, productos sanitarios, alimentos para usos médicos especiales, preparados para lactantes de uso hospitalario o residuos peligrosos de origen sanitario.

¿Quién deberá pagar el impuesto sobre envases de plástico no reutilizables?

El nuevo impuesto sobre envases de plástico no reutilizables es de carácter indirecto y recae sobre la fabricación, importación o adquisición intracomunitaria de envases de plástico no reutilizables que vayan a ser objeto de utilización en el mercado español.

¿Tendremos que pagar los ciudadanos este impuesto al plástico? Probablemente, sí, ya que los fabricantes repercutirán el coste de este nuevo impuesto en el precio del producto, por lo que quien acabará pagándolo es el consumidor, como ya ocurrió con las bolsas de plástico.

De esta forma, el sector de la fabricación de plásticos, los fabricantes de productos y los importadores tendrán que estudiar detenidamente cómo se ven afectados sus productos y cuantificar el impacto del impuesto.

Además, la principal obligación formal de los fabricantes en España de envases de plástico no reutilizables será la de repercutir el impuesto a los compradores, reflejándolo de forma separada en la factura que se expida y el peso, expresado en kilogramos, del plástico no reciclado utilizado. También los importadores y adquirentes intracomunitarios deberán expresarlo en las facturas que emitan, a solicitud del comprador.

El nuevo impuesto al plástico implica nuevas obligaciones formales para los contribuyentes, como ya sucede en otros impuestos especiales, y se añaden nuevas obligaciones contables: los fabricantes deberán reflejar en la contabilidad las materias primas que se utilizan para obtener los productos. Mientras que los compradores deberán reflejar en su contabilidad las existencias de envases de plástico no reutilizables.